Derrota total y definitiva: José Alberto Zuccardi se queda sin margen para seguir discutiendo Cimalco Neuquén

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La resolución de la Cámara de Apelaciones del 2 de septiembre de 2026 quedó firme e irrecurrible: José Alberto Zuccardi dejó vencer el plazo para llevarla ante la Suprema Corte de Mendoza sin presentar un solo escrito. No hay más instancias. Lo que la Cámara resolvió, queda.

Un repaso de todo lo que perdió

En esta sola resolución, José Alberto Zuccardi vio rechazados los cuatro planteos de fondo con los que intentó frenar la ejecución:

  1. Que las acciones de sociedades cerradas no eran «valores negociables» — rechazado
  2. La inconstitucionalidad del art. 262 CPCCT — rechazado
  3. El pedido de una nueva tasación actualizada — rechazado
  4. La remisión a la acción subrogatoria — rechazado

Cuatro de cuatro. No le quedó un solo argumento en pie.

Lo único que no cuestionó — ni siquiera eso

El único punto donde, en los términos estrictamente formales del fallo, algo se había movido a su favor —el paso del valor nominal al valor real para la adjudicación— tampoco lo recurrió. Tuvo la oportunidad de llevarlo a la Suprema Corte y dejó pasar el plazo sin mover un dedo. No hay margen para leer eso como estrategia: después de perder los cuatro planteos centrales, no le quedaba con qué pelear ni siquiera ese punto menor.

Lo que queda consolidado, para siempre

Con la firmeza, quedan sellados de manera definitiva e irreversible:

  • La adjudicación del 22% de Cimalco Neuquén S.A. a María Cristina Zuccardi
  • El valor real de esa adjudicación: U$S 1.496.551,54
  • El criterio judicial de que las sociedades cerradas no escapan al art. 262 CPCCT
  • El rechazo definitivo a los cuatro planteos de la defensa

Es, hasta ahora, el cierre más contundente de cualquiera de los frentes abiertos en la ejecución de la condena.

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